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Preguntas Frecuentes
¿Qué tipo de beneficios tengo como afiliada/o?
Usted como afiliado puede acceder a diversos beneficios como subsidios (nacimiento, matrimonio, escolaridad para usted y sus cargas reconocidas, fallecimiento de cargas), reembolso de gastos médicos, ayuda médica, préstamos médicos y personales, reembolsos dentales, becas de estudios, convenios de colaboración y acceso a convenios mediante descuento por planilla.
Además el Servicio de Bienestar realiza actividades para funcionarios de oficina y jardín como talleres, charlas, operativos de salud, entre otros. Cabe destacar que todos los beneficios son para el afiliados y sus cargas legales, y algunos beneficios tienen carencia y otros se pueden acceder desde el primer mes de afiliación.
¿Cómo reembolsar un gasto médico ?
Los afiliados activos deben reembolsar en el sistema de Bienestar en:
Se encuentra disponible un manual para uso en la plataforma y se detalla paso a paso la forma de reembolsar. El manual se puede descargar de la intranet de la institución y puede solicitar su envío en cualquiera de los canales del CAIP.
¿Cuál es la compañía que entrega el nuevo seguro de vida y salud?
La compañía que se adjudicó el Seguro colectivo de vida y complementario de salud para afiliadas/os al Bienestar es VIDA CÁMARA.
¿Cuál es el plazo para reembolsar gastos médicos?
Para gastos dentales o subsidios pagados por el Servicio de Bienestar el plazo es de 180 días corridos desde la fecha de emisión del documento contable de pago. Si el documento excede ese plazo no podrá ingresarlo a la plataforma.
En el caso de reembolsos médicos pagados a través de Vida Cámara, todos los afiliados y sus cargas familiares tendrán cobertura por otro período de 24 meses, a contar del 05 de mayo 2023 hasta el 04 de mayo de 2025.El plazo de presentación es de 121 días corridos desde la fecha de emisión del documento contable. Cualquier situación que no le permita dar cumplimiento a estas fechas debe notificarlas a su Encargado/a de Bienestar Regional o Ejecutiva de Atención, según corresponda.
¿Qué es una ayuda médica?
El Servicio de Bienestar otorga un beneficio en dinero, para el afiliado o afiliada que haya incurrido en gastos médicos de alto costo, en atención a sus condiciones de salud o de sus cargas familiares acreditadas, que digan relación con gastos en medicamentos, exámenes, intervenciones quirúrgicas, elementos de uso médico, tratamientos de rehabilitación, entre otros.
Este beneficio se otorga una vez que el afiliado o afiliada ha presentado sus gastos en ISAPRE o FONASA y al Seguro Complementario de Salud. Por lo cual, sólo contempla gastos relacionados con fines recuperativos y no con fines estéticos. Los gastos que no sean cubiertos por el seguro complementario serán analizados caso a caso por el Servicio de Bienestar.
El porcentaje de este beneficio corresponde al 35% de los gastos incurridos por el afiliado o afiliada una vez presentados previamente en ISAPRE o FONASA y al Seguro Complementario de Salud. Para postular a este beneficio, los COPAGOS post reembolsos deben ser montos sobre $600.000 para afiliados activos y sobre $200.000 para afiliados jubilados.
El beneficio tiene un tope anual de 10 ingresos mínimos mensuales ($ 3.291.510.- actualizado a Febrero de 2025) por diagnóstico.
Para solicitar el beneficio debe ingresar el requerimiento debe:
1.- Revisar Manual en: Manual Subsidio Ayuda Medica – Actualizacion marzo 2025.pdf
correspondiente e
2.- Ingresar a Plataforma de Beneficios de Bienestar. https://bienestar.junji.gob.cl/login
¿Cómo puedo acceder a una ayuda médica?
Debe poseer 3 meses de antigüedad en el Servicio de Bienestar y el evento o gastos médicos asociados al diagnóstico deben ser posterior a los 3 meses, al 1° hábil del mes 4, el beneficio se solicita con la asistente social de su región, debe exponer los antecedentes asociados a su diagnóstico médicos y los gastos asociados en los últimos 6 meses, relacionados con el mismo diagnóstico.
¿Cómo puedo solicitar/gestionar un préstamo médico?
Es un beneficio que consiste en un monto de dinero (máximo $500.000) otorgado en calidad de préstamo, orientado a cubrir gastos médicos que afecten el presupuesto familiar y cuyo reintegro se realiza hasta en un máximo de diez cuotas (10) mensuales, a través de descuento por planilla con un interés del 1,3% mensual.
Estos préstamos se otorgan para solventar gastos de enfermedades, tratamientos médicos, medicamentos y/o atención odontológica en centros dentales sin convenio, tanto del afiliado y afiliada, como de sus cargas familiares acreditadas. El funcionario o funcionaria puede solicitar uno o más prestamos, dependiendo de su capacidad de descuento mensual.
Al igual que los otros beneficios, debe solicitarlo a través de la Plataforma de Bienestar.
Descarga aquí Manual Préstamo médico:
Manual de usuario para solicitar préstamo personal y médico
Ingresa acá a plataforma: https://bienestar.junji.gob.cl/login
Tutorial para ingreso de préstamos:
https://web.microsoftstream.com/video/8cea722c-3a33-457e-9a45-a2cf97b7515e
Cómo ingresar respaldos de codeudores tutorial: https://web.microsoftstream.com/video/f2837d68-d7a5-49cf-a9ac-02677bba9b03
¿Puedo cobrar beneficios en el Servicio de Bienestar si mi hijo/a es mi carga familiar en Junji, pero es carga de salud de mi cónyuge en la ISAPRE?
No hay impedimento. Lo importante es que el/la menor sea carga legal reconocida y vigente en la JUNJI. Recordar que las cargas reconocidas por el Servicio de Bienestar se encontrarán activas hasta la fecha de término indicada en resolución de cargas vigentes. independiente si existe prórroga de Asignación Familiar.
¿Cómo funciona el convenio oncológico con la Fundación Arturo López Pérez (FALP)? (afiliados activos)
Desde el mes de mayo del 2022, este es un convenio EXCLUSIVO PARA LOS AFILIADOS Y AFILIADAS ACTIVOS DEL SERVICIO DE BIENESTAR.
El afiliado debe inscribirse a este convenio directamente, con la ejecutiva FALP de su región para tramitar la afiliación:
| ZONA | JEFE | CARGO | TELEFONO OFICINA | DIRECCIÓN COMERCIAL | ||
| Norte I | Antofagasta | Ximena Pomareda Vergara | ximena.pomareda@falp.org | Jefe Gestión Comercial | 227067556 | Av. Bernardo O’Higgins 1338, oficina 1301, Edificio Plaza Mackenzie. Antofagasta |
| Norte II | La Serena | Sandra Donoso Castillo | sandra.donoso@falp.org | Jefe Gestión Comercial | 227067552 | Huanhuali 850 oficina 201 La Serena |
| Norte III | Viña del Mar | Paola Marín Bascuñán | paola.marin@falp.org | Jefe Gestión Comercial | 227067562 | Balmaceda 183, oficina 201, Reñaca |
| Sur I | Rancagua | Pamela Ibarra Cepeda | pamela.ibarra@falp.org | Jefe Gestión Comercial | 227067559 | Avda. Pucara 020 oficina 305 edificio Centro nuevo Machali, Rancagua |
| Sur II | Concepcion | Marcela Pedrosa | marcela.pedrosa@falp.org | Jefe Gestión Comercial | 227067569 | Chacabuco 550, oficina 36, piso 3, Concepción |
| Sur III | Puerto Montt | Albina Knittel Villarroel | albina.knittel@falp.org | Jefe Gestión Comercial | 227067573 | Av. Juan Soler Manfredini 41 oficina 1002, Torre Costanera, Puerto Montt |
| Cap III | Santiago | Norma Valladares Oyarzo | norma.valladares@falp.org | Jefe Gestión Comercial | 224171967 | Alvarez Condarco 1002, Providencia. En el caso de la región metropolitana la Ejecutiva es la Sra. Ana Mora, contacto : ana.mora@falp.org |
En las regiones que no existen sucursales de FALP, el afiliado puede solicitar a la sucursal de la ciudad más cercana que un ejecutivo que visite al afiliado para firmar su afiliación o puede dirigirse presencialmente a la oficina más cercana.
Este convenio exige no tener preexistencia de cáncer y exige ciertos exámenes para rangos de edad determinados como antígeno prostático en hombres y papanicolau, mamografía y/o ecotomografía mamaria en mujeres (los cuales debe disponer al momento de afiliarse o quedará inscrito con exclusión por 8 meses para cáncer de próstata, cáncer cervicouterino y tumores mamarios). Además, se debe pagar mensualmente un aporte por persona o grupo familiar.
Desde el año 2024 los valores son $8.800 por titular sin cargas y de $17.600 plan familiar (hijos menores de 25 años y cónyuge o pareja). Para los afiliados activos la cuota se descuenta por planilla en la remuneración. La vigencia de la cobertura comienza 30 días después del primer pago (primer descuento de la remuneración).
Cualquier examen de rutina y/o control se puede hacer fuera de FALP, pero los «procedimientos» como señalan en FALP se deben realizar directamente con el convenio.
Si ante una sospecha una funcionaria se realiza un procedimiento fuera de FALP se pierde completamente la cobertura Si en una mamografía hay una sospecha y le piden realizar una biopsia para confirmar eso se debería realizar en FALP para asegurar cobertura en caso de que el resultado fuera cáncer.
La vigencia de la cobertura comienza 30 días después del primer pago.
Ver más información aquí:
¿Desde cuándo estaré afiliado al Servicio de Bienestar?
Las solicitudes recibidas en la plataforma de Bienestar hasta el 20 de cada mes, serán presentadas al Consejo Administrativo de Bienestar, el cual se reúne el último jueves de cada mes. En esta instancia se definirá si se aprueba o no la afiliación del funcionario/a. De ser aprobado, el mes siguiente se hará efectivo el descuento de cuota de incorporación (1% de remuneración imponible) más el descuento de 1,6% mensual. Por otra parte, las solicitudes recibidas posterior al día 20 de cada mes, serán incluidas en el mes subsiguiente.
¿Qué es la Asignación Familiar/Maternal?
La Asignación Familiar/Maternal corresponde a un subsidio estatal que consiste en una suma de dinero por cada carga familiar de un trabajador dependiente. Este subsidio, se paga conjuntamente con las remuneraciones.
Para ser causante de asignación familiar, estos deben vivir a expensas del beneficiario/funcionario y no deben disponer de una renta igual o superior a la mitad del ingreso mínimo mensual, exceptuando lo recibido por pensión de orfandad.
¿Cuándo me corresponde cobrar la Asignación Familiar o Maternal?
El reconocimiento de las cargas familiares, permite cobrar la Asignación Familiar o Maternal (si corresponde), o ejercer otros derechos y beneficios asociados al sistema único de prestaciones familiares y maternales.
Si el/la funcionario/a percibe un ingreso bruto promedio mensual inferior al monto establecido en la Ley vigente para la percepción de la asignación (correspondiente al semestre enero-junio del año inmediatamente anterior al de la o las asignaciones), este beneficio se traduce en un aporte en dinero por cada carga familiar.
En caso contrario, el beneficiario tiene derecho a las demás prestaciones y beneficios complementarios, como es el caso de les beneficios del Servicio de Bienestar.
¿Cómo se reconocen las cargas familiares?
¿Cómo gestiono la prórroga de Carga Familiar si tengo un hijo estudiante entre los 18 y 24 años?
- Declaración Jurada del Causante
- Declaración Jurada del Recurrente
- Solicitud de Asignación Familiar
- Certificado de Alumno Regular del año académico que indique Primer o Segundo Semestre del año en curso, de acuerdo con el periodo a prorrogar
¿Debo gestionar la prórroga de Carga Familiar si tengo un hijo estudiante entre los 18 y 24 años que tiene una modalidad de estudios anual?
Los/as funcionarios/as debe renovar la prórroga de Carga Familiar de acuerdo con la modalidad de estudios de su hijo, debiendo realizar el trámite cada trimestre, semestre o año según corresponda.
Para realizar el trámite de prórroga de Carga Familiar debe completar la Solicitud de Asignación Familiar, Declaración Jurada del Recurrente y Declaración Jurada del Causante, y enviarla al CAIP correspondiente a su Dirección Regional, además, debe añadir el Certificado de Alumno Regular del estudiante, documento que debe indicar año académico y «primer» o «segundo» semestre según corresponda (en caso de que sea trimestral la modalidad de estudios, debe indicar el respectivo trimestre).
¿A quienes les corresponde pago de Bono Escolar?
Funcionarios/as cuya renta bruta mensual sea igual o inferior a $3.259.429- (Se excluyen Bonos de Incentivos), de acuerdo a el Art.13° de la Ley 21.647, con hijos estudiantes reconocidos como Asignación Familiar, que se encuentren cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza pre básica del 1º Y 2° nivel transición , educación básica o media, educación superior o educación especial , en establecimientos educacionales del estado, o reconocidos por éste y que sean carga familiar reconocida (entre los 4 y 24 años de edad). Se excluyen los preuniversitarios, estudios en el extranjero y Servicio Militar.
¿Cuándo y como puedo solicitar permiso con goce de remuneraciones?
Las solicitudes de PCGR deberán efectuarse con una anticipación de 3 a 5 días, salvo aquellos casos EXCEPCIONALES y debidamente justificados, a través de memorándum, firmado por la jefatura directa del funcionario que hace uso del beneficio. Este tipo de permiso es discrecional de la jefatura directa.
Como reemplazo, ¿tengo derecho a Permisos Administrativos?
Si, tiene derecho a los 6 días de permiso administrativo, previa autorización de la jefatura, quien tiene la atribución de autorizar o denegar la solicitud. Para solicitarlo, debe presentar formulario con al menos 3 días de anticipación.
En caso que los reemplazos no hayan sido continuos en el año se debe considerar que se descontarán los días utilizados en los períodos anteriores del correspondiente año.
¿Qué es el permiso postnatal parental?
El permiso Postnatal Parental, es un beneficio, que corresponde al tiempo de descanso inmediatamente siguiente al período de reposo postnatal, de carácter irrenunciable, con derecho a subsidio, que la ley establece a favor de la madre, por un lapso de 12 semanas (84 días).
Este permiso se puede usar por media jornada, donde aumenta a 18 semanas (126 días), y con derecho a un subsidio equivalente al cincuenta por ciento del subsidio postnatal que percibía.
¿Cómo solicito el Permiso por Alimentación por Hijo/a Menor de 2 años para madre o padre trabajador?
Si el padre y la madre son trabajadores, ambos podrán acordar que sea el padre quien ejerza el derecho. Esta decisión debe ser comunicada por escrito a los empleadores (el del padre y el de la madre) con al menos 30 días de anticipación al momento en que se hará efectivo el permiso. La carta debe estar firmada por padre y madre, que deben enviar copia a la Inspección del Trabajo.
- En cualquier momento dentro de la jornada de trabajo.
- Dividiéndolo, a solicitud de la interesada, en dos etapas.
- Postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o el término de la jornada de trabajo.
Si la trabajadora tiene hijos de una misma edad o nacidos en parto múltiple o de distinta edad menores de dos años, el tiempo máximo de una hora se incrementará en igual tiempo para cada hijo/a.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar una Licencia Médica?
El trabajador dispone de tres días hábiles contados desde el día hábil siguiente al inicio del reposo. Para el caso de la licencia médica en formato físico se debe tramitar en Oficina de Partes de la Institución o en aquellas Direcciones Regionales que tengan autorizados Jardines Sede y/o Oficinas Provinciales. Para las Licencias Médicas Electrónicas IMED y MEDIPASS son enviadas por sistema directamente a la Institución.
¿Qué es el feriado progresivo y a quien se otorga?
Para optar a este beneficio, el funcionario deberá solicitarlo a través de GESDEP o por medio del CAIP correspondiente a su Dirección Regional. Este beneficio se formaliza a través de una resolución exenta.
Si el/la funcionario/a no tiene los años de continuidad exclusivamente en la JUNJI, es decir, tuvo otros empleadores, deberá solicitarlo a la Oficina de Personal de su respectiva región, adjuntando el formulario de solicitud correspondiente, o a través de GESDEP, adjuntando el certificado de vacaciones progresivas vigente, de la AFP a la cual esté afiliado/a.
Con ese documento se realizará el reconocimiento del periodo de feriado, a través de la resolución respectiva. Debe tenerse presente que el reconocimiento del feriado progresivo, solo puede operar a partir del año que se concede, siempre y cuando no haya hecho uso de su feriado legal o descanso anual durante el presente año, de lo contrario, tendrá derecho a contar del año siguiente.
En el caso de personal de Jardines Infantiles, para poder hacer uso del reconocimiento del feriado progresivo, el derecho de días de feriado legal deberá traspasar la suma de días del descanso anual e invernal.
A modo de ejemplo: Funcionaria con derecho a 15 días de feriado legal + 5 días de feriado progresivo = 20 días feriado total Descanso Anual 25 días, por lo tanto, la funcionaria ya utilizó su derecho a feriado legal.
¿Cuál es la fecha de pago?
El día 18 de cada mes a excepción de los meses de septiembre a diciembre que sufren una modificación ordenado por el Ministerio de Hacienda. También dependerá de la liberación del banco si el día 18 es domingo.
¿Cómo puedo obtener mi Liquidación de Sueldo?
¿Qué debo hacer si cambio de cuenta bancaria?
¿Qué trámite se debe hacer si me cambio de Isapre?
Enviar carta de desafiliación a Isapre y nueva afiliación a FONASA u otra Isapre directamente en las Oficinas de Remuneraciones antes del día 10 de cada mes, mismo plazo legal tienen las entidades de salud. Cualquier entrega posterior será considerado presentación fuera de plazo y no será considerada en proceso de remuneraciones del mes.
¿Qué trámite se debe hacer si me cambio de AFP?
Informar al Centro de Atención al Personal JUNJI, independiente que la AFP notifique fotocopia y/o scanner del formulario de afiliación a la nueva AFP.
¿En que meses del año se paga la Asignación de Modernización?
Esta asignación se paga en cuatro cuotas, junto con las remuneraciones, en los meses de Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre, sumando el valor de cada mes, pues se devenga mensualmente, y es imponible y tributable. Junto a las asignaciones, a los trabajadores se les pagará una bonificación compensatoria, para compensar el gasto por las cotizaciones, tanto de salud como previsionales.
¿Cuáles son las fecha de pago de este incentivo (SEICEP)?
El incentivo es anual, pero se paga en tres cuotas que deberían ser iguales, los meses de Mayo, Agosto y Noviembre, y contempla cada una de ellas el pago de 4 meses. Se divide en cuotas mensuales, porque es imponible y tributable, y porque se paga por mes completo efectivamente trabajado. Adicional al incentivo, se paga una bonificación compensatoria, destinada a cubrir los gastos por cotizaciones previsionales y de salud de los funcionarios, que este incentivo les genere.
¿El monto del SEICEP es igual para todos los funcionarios?
No, es incentivo posee un valor diferente para cada tramo, así como también al interior del mismo, también se paga con un valor diferenciado, según el estamento al que pertenezca el funcionario, esto es: Directivo, Profesional, Técnico, Administrativo o Auxiliar. Esto quiere decir que si bien, durante los dos años que dura la evaluación, el funcionario no cambia de tramo, si puede cambiar de estamento, en cuyo caso si se modificaría el valor del monto, que se le está pagando.
¿Qué es el Sistema de Gestión del Desempeño?
La Gestión del Desempeño es una herramienta de gestión directiva que tiene como objetivo alinear el desempeño de las personas con los objetivos estratégicos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, mediante la planificación del desempeño al inicio de cada período calificatorio y la retroalimentación permanente, continua y oportuna.
¿Cuál es el calendario de las distintas etapas de la gestión del desempeño?
Planificación del Desempeño (Periodo 2026-2027): Para el ciclo comprendido entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027, el plazo para la elaboración de metas y compromisos es durante los primeros 10 días hábiles de abril de 2026.
¿Cuáles son formularios hay que completar en la etapa de planificación?
Se debe completar el Formulario N° 1 (Definición de Metas de Desempeño Individual). Este formulario aplica para el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027. El plazo legal para su elaboración y firma es durante los primeros 15 días hábiles del mes de abril de 2026.
¿Cuáles son formularios hay que completar en la etapa de Retroalimentación?
Se debe completar el Formulario N°2 (Formulario pauta de retroalimentación), en el cual deben señalar los aspectos relacionados con el desempeño de las personas, es decir, la idenfiticación de desempeños destacados y reconocimiento de brechas de desempeño y su correspondiente plan de mejora.
El plazo para la aplicación de esta pauta es, junto con el primer informe de desempeño, los primeros 10 días hábiles de octubre de cada año.
¿Cuáles son formularios hay que completar en la etapa de evaluación?
Se deben completar todos los formularios diseñados para las distintas etapas del proceso: 1) Formulario 1 «Planificación del Desempeño y Establecimiento de Metas Individuales de Desempeño 2) Formulario 2 «Pauta de Retroalimentación» 3) Formulario 3 «Informe de Desempeño y Precalificación» (este contiene la evaluación tanto del 1° y 2° informe de desempeño, como la precalificación del funcionario) 4) Formulario Hoja de Observaciones (se aplica una para cada informe de desempeño).
¿Cuáles son formularios hay que completar en la etapa de evaluación?
Se deben completar todos los formularios diseñados para las distintas etapas del proceso: 1) Formulario 1 «Planificación del Desempeño y Establecimiento de Metas Individuales de Desempeño 2) Formulario 2 «Pauta de Retroalimentación» 3) Formulario 3 «Informe de Desempeño y Precalificación» (este contiene la evaluación tanto del 1° y 2° informe de desempeño, como la precalificación del funcionario) 4) Formulario Hoja de Observaciones (se aplica una para cada informe de desempeño).
¿Quién evalúa a un funcionario que haya tenido más de una jefatura en el período?
La evaluación (informes de desempeño y precalificación) la realiza el jefe directo que tiene el funcionario al momento de elaborar los informes de desempeño y precalificación, con informes entregados por las jefaturas anteriores.
¿Cuándo puedo apelar a mis calificaciones?
La apelación debe interponerse ya sea en el mismo acto de la notificación de la resolución de la Junta Calificadora o dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de la notificación de la calificación, a través de la plataforma de Gestión de Desempeño Individual cuyo enlace corresponde a gdi.junji.gob.cl, adjuntando máximo 5 archivos.
¿Qué antecedentes debo presentar al momento de enviar la apelación a mi calificación?
De acuerdo con el Reglamento Especial y el Manual de Procedimientos, los antecedentes a adjuntar son:
- El Recurso de Apelación (Escrito – Máx. 1000 caracteres). Es el documento principal donde se solicita formalmente la revisión. Debe contener:
-Identificación clara del funcionario
-La unidad/jardín al que pertenece
-Indicar factor o sub-factor cuya nota se impugna.
- Se puede adjuntar un máximo de 5 archivos relevantes para resolver el recurso de apelación.
¿Dónde puedo conseguir más información sobre gestión del desempeño y mis calificaciones?
Debe contactarse con los distintos canales del CAIP donde canalizarán sus consultas y derivarán sus solicitudes con el área especialista.
¿Quiénes deben ser evaluados?
Todo funcionario/a en calidad de contrata y planta (titular) que lleve mas de 6 meses seguidos en la institución. Se incluye reemplazos que cumplan con esa condición de permanencia en la institución.
¿Qué es una anotación de mérito? ¿Cómo afecta a mis calificaciones?
Son aquellas destinadas a dejar constancia de cualquier acción del empleado que implique una conducta o desempeño funcionario/a destacado. Se considerarán conductas o desempeños funcionario/as destacadados:
- Adquisión de algún título u otra calidad especial relacionada con el servicio, cuándo éstos no sean requisitos específicos de su cargo.
- Aprobación de cursos de capacitación que se relacionen con las funciones del servicio.
- Desempeño de funciones por período más prolongados que la jornada normal de trabajo o realización de cometidos que excedan del trabajo habitual.
- Ejecución de tareas propias de otros funcionario/as/as, cuando ésto sea indispensable.
- Destacarse en forma permanente y excepcional por la calidad del trabajo entregado.
- La proposición de innovaciones que permitan mejorar el funcionamiento de la unidad de desempeño, o del servicio propiamente tal.
¿Qué es una anotación de demérito? ¿Afecta mis calificaciones?
Son aquellas destinadas a dejar circunstancia de cualquier acción u omisión del empleado que implique una conducta o desempeño funcionario/a reprochable, asociadas al incumplimiento manifiesto de obligaciones funcionario/as, que no requieran de investigación o sumario administrativo. Se considerarán conductas o desempeños funcionario/as reprochables:
- Incumplimiento manifiesto de obligaciones funcionario/as contempladas en los Artículos 61° y 64° del Decreto con Fuerza de Ley N° 29/2005 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18834/1989, sobre Estatuto Administrativo.
- No acatamiento de prohibiciones contempladas en la normativa legal y/o institucional, principalmente lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley N° 29/2005 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18834/1989, sobre Estatuto Administrativo.
- Atraso importante y reiterado en la entrega de trabajos.
- Reprobación de cursos de capacitación autorizados y/o financiados por el servicio por deserción, inasistencia injustificada o incumplimiento de exigencias académicas.
- Someter a tramitación innecesaria o dilación los asuntos entregadas a su conocimiento o resolución, o exigir para estos efectos documentos o requisitos no establecidos en las disposiciones vigentes.
- Incumplimiento manifiesto de obligaciones funcionario/as contempladas en la Resolución Exenta N°015/393 de 2017, de la Vicepresidenta Ejecutiva, que Aprueba la Política de Ambientes Bientratantes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
La enumeración de las conductas antes señaladas no es taxativa, por lo tanto la jefatura directa de un funcionario/a tiene la facultad para determinar si los antecedentes tienen o no el mérito suficiente para efectuar la anotación correspondiente, evaluando éstos de manera objetiva, considerando los efectos de esa actitud sobre el funcionamiento y el quehacer la institución, y sin que esto pueda traducirse en un ejercicio abusivo o en una torcida aplicación. La anotación de demérito consiste en una rebaja de dos puntos en el factor de calificación que corresponda.
¿Qué es el Programa de Movilidad y Reconocimiento de Carrera?
Con fecha 12 de abril de 2023, se emitió la resolución que aprueba el el Nuevo Procedimiento de Movilidad Interna para la Junta Nacional de Jardines Infantiles, luego de un arduo trabajo colaborativo y esfuerzo común co-construido con mesas de trabajo, equipos regionales, gremios, jefaturas y autoridades.
Dicho procedimiento plantea los principales lineamientos y mecanismos institucionales, que permiten a los funcionarios y funcionarias desarrollar su carrera dentro de la institución.
- Aumentar las oportunidades de desarrollo de carrera al personal.
- Simplificar y automatizar los procesos de gestión administrativa
- Propiciar la gestión de talentos, entre otros.
- Traslados
- Movilidad Extensión Horaria (sólo funcionarios de jardines infantiles)
- Reconocimiento de Carrera (sólo funcionarios de jardines infantiles)
- Procesos Internos
¿Qué es un traslado?
Es solicitado directamente por el/la interesado/a completando el formulario para ese efecto. El personal no puede cambiar región de desempeño, sin que exista previamente la validación de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas de su región de origen y de la región que desea el traslado, para la dictación de los actos administrativos respectivos.
¿Cuáles son los criterios de prioridad para las solicitudes de Traslados?
Para las vacantes de cargos cubiertas por Traslado, corresponderá aplicar los criterios de priorización en orden de prelación mencionados a continuación:
- Resolución de Tribunal de Justicia.
- Causal de violencia intrafamiliar con denuncia en Tribunales, en Carabineros o PDI.
- Destinación de cónyuge (funcionario/a público y/o de fuerzas armadas y orden y seguridad) a otra región.
- Enfermedad del funcionario/a o de hijos/as, cónyuge, padre o madre que requiera acompañamiento del funcionario/a.
- Funcionarios/as que han trabajado al menos 2 años en unidades educativas de riesgo.
- Informe de asistente social de la Institución.
- Destinación de cónyuge (empleado/a particular) a otra región.
- Por razones de estudios superiores del funcionario/a o hijos/as.
- Criterios de desempate:
- Última evaluación de desempeño
- Antigüedad en la función
- Antigüedad en la JUNJI
¿Existen requisitos que deba cumplir para solicitar mi traslado?
Salvo las tres primeras causales de priorización, cualquier persona interesada es solicitar su traslado debe tener una calificación en el último periodo de 60 puntos o más, y no contar con anotaciones de demérito o sanciones por sumario o investigación sumaria en los últimos 2 años. Finalmente, el traslado sólo aplica para funcionarios en calidad jurídica Contrata, no aplicando para funcionarios de Planta u Honorarios.
¿Cuál es el periodo para cursar solicitudes de traslados?
Respecto de traslados las solicitudes pueden enviarse a la casilla CAIP correspondiente a la región en cualquier momento del año, no existe temporalidad para ello. Sin embargo, es importante aclarar que la tramitación de ésta estará determinada por la disponibilidad de cupos y la priorización de la necesidad que fundamente el requerimiento.
¿Cómo se solicita un traslado?
¿En cuánto tiempo estará tramitada mi solicitud?
La tramitación de la solicitud estará determinada por la disponibilidad de cupos y la priorización de la necesidad que fundamente el requerimiento. Si el motivo de solicitud se encuentra fundado en uno de los tres primeros criterios de prioridad, el Servicio realizará todos los esfuerzos pertinentes para dar respuesta dentro del plazo de 30 días corridos.
¿Cuáles son los canales de Atención del CAIP?
- CAIP telefónico (226546060 o anexo 6060)
- CAIP Virtual enviando un correo a caip_de su Dirección Regional
- Ingresando su requerimiento en el Formulario CAIP
- Contáctenos o chat virtual disponibles en la intranet
¿Cuáles son los canales de denuncia VALS que reciben la denuncia?
A través de las diferentes formas de ingreso dispuestas por CAIP, esto es, presencial ante las funcionarias o funcionarios del área de CAIP, por medio de llamado telefónico al 226546060, a través de la casilla CAIP regional, y el formulario web dispuesto en la intranet de la JUNJI; y ante el Profesional de Primera Acogida siendo este el mecanismo más recomendable para la recepción de la denuncia, dado le podrá entregar las acciones de primera acogida.
Este profesional se encuentra en la Sección de Calidad de Vida, Clima y Seguridad Laboral del Departamento o Subdirección de GDP; Además, podrá realizar la denuncia por los siguientes canales:
- Correo electrónico dirigido a la Vicepresidenta Ejecutiva o Directora o Director Regional según corresponda de la JUNJI.
- Comunicación escrita ingresada por medio de la Oficina de Partes, señalando el carácter de reservado, en sobre cerrado, dirigido a la máxima autoridad del Servicio, regional o nacional.
- Correo electrónico o carta circunstanciada, dirigido a directores de departamento, jefaturas, subdirectores, encargados de sección, jefatura de unidad, o personas funcionarias cuya resolución de nombramiento indique «profesional con jefatura».
- Encargada o encargado de convivencia u otro funcionario o funcionaria elegido por votación en el equipo de pertenencia (una por unidad educativa, por Dirección Regional, por departamento en DIRNAC según corresponda) quien recibirá denuncias escritas o verbales. Este canal estará operativo una vez las personas funcionarias sean elegidas y habilitadas para el rol.
- Comunicación verbal ante funcionarias y funcionarios directivos, Coordinadores o Coordinadoras de Departamento, Encargados de Sección, jefes de Unidad, Subdirectores Regionales y cualquiera otra jefatura cuyo nombramiento señale «profesional con jefatura».
- Coordinador de integridad, (rol existente únicamente en DIRNAC).
¿Cómo se presenta una denuncia de VALS?
Si la JUNJI presenta incumplimiento de la Ley Karin ¿Dónde puedo reclamar o denunciar los incumplimientos?
Los reclamos por incumplimientos en la aplicación del procedimiento de denuncia, o del protocolo de prevención de VALS, o de las investigaciones en esta materia, podrán ser presentados en el SIAC o CAIP, siendo estos los canales oficiales dispuestos pro la JUNJI para dicho fin.
Si tengo una situación de acoso que ocurrió antes del 01 de agosto, y denuncio después del 01 de agosto , se aplica Ley Karin?
Las denuncias que ingresen a contar del 01 de agosto de 2024 serán cubiertas a través de la nueva normativa (Ley Karin N°21.643), sin importar sí los hechos ocurrieron en una fecha anterior. Las denuncias ingresadas en fechas anteriores estarán bajo el alero de la antigua normativa.
¿Se aceptan las denuncias anónimas?
De acuerdo a lo establecido por Contraloría General de la Republica, no se aceptan las denuncia anónimas porque se debe se cumplir con lo estipulado en el artículo 90 B del Estatuto Administrativo, entre otros, la identificación y domicilio de la persona denunciante.
Soy funcionaria con desempeño en Jardín Infantil ¿Qué tengo que hacer si una compañera o jefatura me hostiga o maltrata.
Busque alguna oportunidad para conversar con la persona acompañada por la educadora de sala, o la directora de jardín, para aclarar cual es el motivo de la compañera/o de trabajo para mantener esa actitud con usted. Si se logra establecer algunos acuerdos, mantenga informada a la educadora o directora del avance y cumplimiento de los acuerdos.
De persistir la problemática con la compañera, solicítele a la directora del jardín que pida apoyo a profesional al equipo de Clima Laboral, para que uno de sus profesionales en una visita a terreno se entreviste con la funcionaria/o para conseguir avanzar el la resolución del conflicto.
En el caso en que sea una práctica que esté afectando su bienestar y vida laboral, degradando su dignidad humana se trata de una situación de acoso laboral, por lo que la persona afectada podría evaluar realizar una denuncia de Acoso Laboral, para lo cual puede dirigirse al profesional a cargo de Clima Laboral regional, solicitarle una entrevista de primera acogida donde se le orientará sobre las etapas del procedimiento, para que en forma personal decida si denunciar o no.
Soy funcionaria/o con desempeño en Oficina ¿Qué tengo que hacer si una compañera, compañero o jefatura me hostiga o maltrata?
Busque alguna oportunidad para conversar con la persona acompañada por jefatura o el superior de este, en el caso de quela jefatura directa este involucrado, para aclarar cual es el motivo de la compañera/o o jefatura de trabajo para mantener esa actitud con usted.
Si se logra establecer algunos acuerdos, mantenga informada jefatura que corresponda del avance y cumplimiento de los acuerdos. De persistir la problemática con la compañera/o, solicítele a su Jefe/a directo que pida apoyo a profesional al equipo de Clima Laboral regional, para que uno de sus profesionales se entreviste con la funcionaria/o para conseguir avanzar el la resolución del conflicto.
En el caso en que sea una práctica que esté afectando su bienestar y vida laboral, degradando su dignidad humana se trata de una situación de acoso laboral, por lo que la persona afectada podría evaluar realizar una denuncia de Acoso Laboral, para lo cual puede dirigirse al profesional a cargo de Clima Laboral regional, solicitarle una entrevista de primera acogida donde se le orientará sobre las etapas del procedimiento, para que en forma personal decida si denunciar o no.
¿Qué es lo que se considera maltrato laboral?
A partir de la Ley Karin 21.643 la definición de acoso laboral se amplía al considerar que NO es requerida la reiteración de la conducta de acoso, y siendo el factor de la repetición el elemento diferenciador con el maltrato laboral, cabe señalar entonces que la categoría de acoso laboral lo engloba.
Definición de Acoso Laboral: Es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por la jefatura o por una o más personas funcionarias, en contra de una u otras personas funcionarias, por cualquier medio, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera reiterada, y que tenga como resultado para él, ella o las personas afectadas su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
¿Qué se entiende por acoso laboral desde la entrada en vigor de la Ley Karin (Ley N°21.643)?
Definición de Acoso Laboral: Es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por la jefatura o por una o más personas funcionarias, en contra de una u otras personas funcionarias, por cualquier medio, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera reiterada, y que tenga como resultado para él, ella o las personas afectadas su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
¿Qué se entiende por acoso sexual desde la entrada en vigor de la Ley Karin (Ley N°21.643)?
Definición de Acoso Sexual: Es toda conducta en la que una persona de la institución realiza en forma indebida a otra u otro, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidas por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
¿Qué se entiende por violencia en el trabajo desde la entrada en vigor de la Ley Karin (Ley N°21.643)?
Definición de Violencia en el trabajo: Es toda conducta ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten al funcionariado, con ocasión del desempeño de la prestación de servicio, por parte de usuarios o proveedores, entre otros.
¿Qué se entiende por licencia médica?
Es el derecho de las y los funcionarios a ausentarse o reducir su jornada laboral durante un período determinado, siguiendo la indicación de un profesional autorizado, médico-cirujano, cirujano dentista o matrona, reconocida por el empleador y autorizada por COMPIN o la institución de salud previsional.
¿Qué tipos de licencias médicas existen?
Las licencias médicas de origen común o maternal, ausencias laborales o permisos parentales se clasifican de la siguiente manera
- Licencia tipo 1: Enfermedad o accidente común
- Licencia tipo 2: Prórroga medicina preventiva
- Licencia tipo 3: Licencia maternal pre y postnatal
- Licencia tipo 4: Enfermedad grave hijo menor de un año
- Licencia tipo 5: Accidente del trabajo o del trayecto
- Licencia tipo 6: Enfermedad profesional
- Licencia tipo 7: Patología del embarazo
- Licencia tipo 8: Ley SANNA
- Permiso Postnatal Parental.
¿Qué es el formulario de licencia médica?
Es un formulario emitido por un profesional autorizado, médico-cirujano, cirujano dentista o matrona, que registra el periodo, tipo de licencia, tipo de reposo, entre otras características relacionadas con la ausencia o reducción de la jornada laboral. Puede ser físico, electrónico o mixto y la información contenida en su emisión es responsabilidad del profesional que la emite y de la funcionaria o funcionario.
¿Cuáles son los formatos de una licencia médica?
Electrónica (FULL): Generada por sistema y emitida automáticamente por integración al empleador.
Mixta: Se considera licencia médica mixta aquella que, aun siendo emitida electrónicamente, no logra llegar de forma automática al empleador debido a inconsistencias en el sistema (por ejemplo, cuando el empleador no figura como vigente en la base de datos o se produce una caída en la plataforma). En estos casos, el médico tratante debe entregar al paciente un comprobante impreso, el cual este último debe presentar directamente a su empleador para asegurar la tramitación.
Formulario Físico: Formulario en papel entregado por el médico.
¿Cómo se tramita una licencia médica?
Antes de firmar digital o físicamente su licencia médica electrónica, es muy importante verificar lo siguiente:
- Que todos tus datos personales estén correctos.
- Que tu entidad de salud (FONASA e Isapre) sea la que corresponde.
- Verificar que el empleador sea JUNJI.
Licencia médica electrónica:
- Dirección y datos de reposo.
- Recepción de correo de emisión de licencia médica por parte del Prestador.
Licencia Médica Mixta:
En el caso que por una incidencia se genere una licencia médica MIXTA, deberás verificar lo siguiente:
- Tus datos personales.
- Datos de reposo.
- Que el profesional entregue un Comprobante de Licencia Médica Electrónica.
Licencia Médica Formulario físico:
Para este tipo de licencia médica debes siempre verificar los siguientes datos:
- Datos personales (nombre, Rut, teléfono y dirección).
- Sin enmendaduras de ningún tipo.
- Coincidencia en la fecha de inicio con la del reposo.
- Firma y timbre del médico tratante.
- Firma del trabajador.
¿Cuál es el plazo para presentar una licencia médica?
Conforme al artículo 1° del D.S. N°3/1984, la funcionaria o el funcionario deberá presentar la licencia médica al empleador dentro del plazo de tres días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la fecha de inicio del reposo médico.
¿Dónde debo presentar mi licencia médica?
Licencia Electrónica: El empleador recibe por integración de manera automática.
Licencia Mixta: Este comprobante debe entregarlo a su empleador para la tramitación de su licencia médica, el que debe enviar por correo electrónico o a través de Oficina de Partes (foto o comprobante escaneado). Sin embargo, es muy importante que guarde la evidencia del envío de su licencia al empleador.
Licencia Formulario Físico: El funcionario deberá entregarla a su empleador mediante la Oficina de Partes de la institución.
¿Qué ocurre si presento la licencia médica fuera de plazo?
Si presentas tu licencia médica fuera del plazo legal, esta puede ser rechazada por la COMPIN o la ISAPRE.
Esto puede generar descuentos en tu remuneración y eventuales consecuencias administrativas.
Por eso, es muy importante entregar la licencia dentro del plazo y por los canales establecidos, asegurando que sea recibida y tramitada correctamente.
¿Cómo puedo verificar el estado de tramitación de mi licencia médica?
- Si eres afiliado a FONASA, puedes consultar en línea, a través del portal de la COMPIN, ingresando con tu RUT y Clave Única. https://home.milicenciamedica.cl/
- Si eres afiliado a ISAPRE, puedes consultar en línea, a través de los portales habilitados por estas entidades o sus respectivos canales de atención.
- Puedes consultar al CAIP a través de sus distintos canales de atención.
- Puedes verificar de acuerdo con el prestador que emitió tu licencia:
MEDIPASS: https://wlme.medipass.cl/WebPublic/trabajadores.html
¿De qué manera puedo comprobar que mi licencia médica electrónica ha sido correctamente emitida?
- IMED y Medipass te notificarán sobre el estado de tu licencia médica electrónica (emitida, aprobada, lista para pago) mediante correo electrónico y/o mensaje de texto.
- Si eres afiliado a FONASA, puedes consultar en línea, a través del portal de la COMPIN, ingresando con tu RUT y Clave Única. https://home.milicenciamedica.cl/.
- Si eres afiliado a ISAPRE puedes consultar en línea a través de los portales habilitados por estas entidades o sus respectivos canales de atención.
¿Dónde puedo hacer el seguimiento del estado de mi licencia médica?
Será tu responsabilidad verificar el estado de tramitación de la licencia médica, asegurándote de conocer si ha sido autorizada, ampliada, rechazada o reducida, y actuar en consecuencia ante los organismos competentes.
- Si eres afiliado a FONASA, puedes consultar en línea, a través del portal de la COMPIN, ingresando con tu RUT y Clave Única. https://home.milicenciamedica.cl/.
- Si eres afiliado a ISAPRE, puedes consultar en línea, a través de los portales habilitados por estas entidades o sus respectivos canales de atención.
- Comunicándote con el CAIP por medio de cualquiera de sus tres canales de atención.
Recuerda que la información actualizada siempre la tendrás tú, por lo que es muy importante que puedas estar atento o atenta a cualquier cambio de pronunciamiento.
¿Las licencias médicas pueden ser rechazadas?
Sí, por motivos de orden médico, jurídico y/o administrativo.
¿En qué situaciones una licencia médica puede ser rechazada?
De acuerdo con el Decreto Supremo N°3 del Ministerio de Salud, existen determinadas situaciones en las que una licencia médica puede ser rechazada.
Entre las principales causales se encuentran:
- Incumplimiento del reposo indicado en la licencia; no se considerará incumplimiento la asistencia del trabajador a tratamientos ambulatorios prescritos por el profesional que extendió la licencia, situación que deberá ser comprobada.
- La realización de trabajos remunerados o no durante el período de reposo dispuesto en la licencia.
- La falsificación o adulteración de la licencia médica.
- La entrega de antecedentes clínicos falsos o la simulación de enfermedad por parte del trabajador debidamente comprobada.
¿JUNJI puede rechazar, reducir o modificar una Licencia Médica?
No. Sólo la entidad fiscalizadora (COMPIN o Isapre) puede y debe hacerlo.
¿Se puede apelar al rechazo o reducción de una licencia médica?
Sí. La funcionaria o funcionario tiene derecho a apelar. Si no estás de acuerdo con la decisión de rechazo, tienes derecho a pedir que tu caso sea revisado nuevamente.
¿Dónde debo apelar y qué plazos tengo en caso de Rechazo o Reducción?
- Las funcionarias y funcionarios afiliados a FONASA tienen un plazo de 5 días hábiles para presentar el recurso de reposición.
- Las funcionarias y funcionarios afiliados a Isapres tienen un plazo de 15 días hábiles para recurrir a la COMPIN.
- En ambos casos, la apelación o reclamación se debe hacer a través del portal de la COMPIN, ingresando con tu RUT y Clave Única. https://home.milicenciamedica.cl/
Si se confirma el rechazo, ¿a dónde debo recurrir?
Si después de la primera apelación tu licencia médica sigue rechazada, puedes presentar un recurso de reposición en COMPIN, si este mantiene el rechazo existe una instancia de apelación más:
- Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO):
- Puedes presentar una nueva apelación, sin importar si estás en FONASA o ISAPRE.
- Debes entregar una copia de tu apelación a la Oficina de Licencias Médicas.
- La SUSESO demora entre 15 y 60 días en responder, y la respuesta llega a tu domicilio particular. Debes comunicar el resultado de la apelación a la Oficina de Licencias Médicas.
- No tiene plazos para presentar apelación.
Si la COMPIN y/o SUSESO mantienen el rechazo o reducción de tu licencia, puedes presentar una solicitud de condonación y/o facilidades de pago.
- Contraloría General de la República (CGR):
- Debes presentar tu apelación en la Oficina de Partes de la Contraloría o vía web a través de https://www.contraloria.cl/web/cgr/atencion-de-reclamos-funcionarios. En la sección: Solicitud de Condonación y/o Facilidades de Pago.
- Luego tienes que enviar una copia de tu apelación a la Oficina de Licencias Médicas de tu Dirección Regional.
- La Contraloría dictaminará sobre el caso, respondiendo a tu reclamo, notificando a la institución y enviará copia de la resolución a tu domicilio.
¿Qué documentos debo presentar si quiero apelar el rechazo de mi licencia médica?
Para reclamar, debes entregar los siguientes antecedentes según tu caso:
- Escrito o carta explicando por qué no estás de acuerdo con el rechazo. Debes incluir tu nombre, RUT, correo y dirección.
- Informe médico actualizado y legible, firmado por tu médico tratante.
- Copia de la licencia médica (por ambos lados, con timbre si es en formato papel).
- Puedes agregar certificados o informes médicos de hospitales, consultorios o médicos particulares.
- También puedes incluir antecedentes entregados por tu empleador u otras instituciones que respalden tu apelación.
¿Qué ocurre si presento la apelación fuera de plazo?
Si la apelación se presenta después del plazo establecido (5 días hábiles en el caso de FONASA y 15 días hábiles en el caso de ISAPRE), la reclamación puede no ser admitida a trámite.
Esto significa que:
- La resolución de rechazo o reducción de la licencia médica queda firme.
- La ausencia laboral correspondiente se considerará según lo que haya resuelto la COMPIN o la ISAPRE.
Por eso es muy importante respetar los plazos y entregar todos los documentos solicitados a tiempo a tu entidad de salud y tu empleador.
¿Puedo pedir apoyo a JUNJI para gestionar mi apelación?
Sí, puedes solicitar orientación y apoyo a través del Centro de Atención Integral al Personal (CAIP) de JUNJI, quienes podrán guiarte en el proceso de apelación.
El CAIP cuenta con tres canales de atención:
- Telefónico: llama al 2 2654 6060 desde tu celular o número fijo.
- Presencial: acude a tu Dirección Regional de JUNJI.
- En línea: mediante la intranet de JUNJI: intranet.junji.gob.cl
Es importante tener presente que la apelación debe ser gestionada directamente por la funcionaria o funcionario ante la entidad de salud correspondiente, siendo responsabilidad personal realizar este trámite dentro de los plazos establecidos.
JUNJI puede brindar acompañamiento y orientación, pero no puede presentar ni resolver apelaciones en representación del trabajador o trabajadora.
¿Por qué pueden descontarme remuneraciones por una licencia médica rechazada?
Cuando una funcionaria o funcionario presenta una licencia médica, la institución continúa pagando la remuneración de manera íntegra mientras el organismo competente (COMPIN o ISAPRE) revisa y resuelve la licencia como autorizada.
Si posteriormente la licencia médica es rechazada o reducida, significa que los días de reposo no fueron reconocidos como válidos. En esos casos, como ya se recibió el pago completo del período, corresponde reintegrar los valores percibidos indebidamente por los días que no fueron autorizados.
Este reintegro se realiza mediante descuento en las remuneraciones.
¿Existe un tope máximo de descuento por licencias médicas rechazadas o reducidas?
No.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 72 de la Ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo) y lo señalado por la Contraloría General de la República en sus Dictámenes N° 7.207 de 2007 y N° 12.117 de 2017, los descuentos derivados de licencias médicas rechazadas o reducidas no se encuentran afectos a un límite de descuentos legales o embargos.
Esto se debe a que tales descuentos corresponden a la devolución de remuneraciones indebidamente percibidas, producto de licencias médicas que no fueron autorizadas, y no a descuentos de carácter voluntario o sancionatorio.
¿Qué hago si mi licencia por accidente laboral o de trayecto es derivada por considerarse una licencia médica de tipo común?
Si tu licencia es derivada por considerarse de origen común, la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) emitirá una Licencia Médica de origen común, por el periodo de atención, la cual debes presentar a tu empleador a fin de que éste la tramite a tu entidad de salud (FONASA o Isapre), el cual deberá reconocerla y pronunciarse mediante una resolución médica.
¿Qué antecedentes deben acompañar la derivación del trabajador?
ACHS debe adjuntar antecedentes médicos concretos, como la resolución de calificación (RECA), informes médicos y una copia de la licencia rechazada. Además, debe entregar al trabajador la licencia médica de derivación, y cuando corresponda, informes o exámenes para evitar gastos adicionales.
¿Qué derechos tengo cuando estoy con licencia médica?
Durante tu licencia médica tienes una serie de derechos que buscan protegerte mientras te recuperas:
- Derecho al reposo y recuperación: Puedes ausentarte de tus labores durante el período indicado por el médico tratante, recuperando tu salud en el domicilio establecido en la licencia médica.
- Derecho a remuneración: Mientras dure tu licencia médica y esta sea autorizada, sigues recibiendo tus remuneraciones de manera normal.
- Derecho a confidencialidad: El diagnóstico de tu licencia médica es confidencial. Solo la entidad de salud (COMPIN o ISAPRE) puede conocerlo y evaluarlo; el empleador no tiene acceso a esta información.
- Derecho a no ser interrumpido ni contactado para trabajar: Durante el reposo, no puedes ser requerido para realizar funciones laborales presenciales o remotas.
- Derecho a apelación: Si tu licencia es rechazada o reducida, tienes derecho a apelar ante la entidad de salud u organismo contralor competente.
¿Qué deberes tengo cuando estoy con licencia médica?
Al recibir una licencia médica también tienes responsabilidades que aseguran que este derecho se use correctamente y que la información sea gestionada conforme a la normativa:
Presentar tu licencia médica en el plazo legal:
La licencia debe ser enviada o validada electrónicamente dentro del plazo de tres días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la fecha de inicio del reposo médico.
Cumplir con el reposo indicado:
Debes respetar estrictamente el período y las condiciones señaladas por tu médico tratante. No puedes realizar actividades incompatibles con tu recuperación.
Mantenerte en el domicilio informado:
Durante la licencia médica debes permanecer en la dirección registrada en el formulario, salvo autorización expresa del médico y de la autoridad sanitaria.
No salir del país mientras estés con licencia médica:
Solo puedes viajar si cuentas con autorización médica y de la entidad de salud. Para esto deberás contar con:
- El lugar exacto donde realizarás el reposo o tratamiento (por ejemplo, domicilio, hospital o clínica en el extranjero).
- El motivo médico del viaje y el tratamiento que se efectuará, respaldado por un certificado médico firmado por el profesional tratante.
- Si el tratamiento se realiza en un establecimiento público, el certificado debe estar además firmado por el director del hospital o centro de salud.
- Esta información debe quedar registrada en la licencia médica en el campo dispuesto en Lugar de Reposo.
- Sin esta autorización y respaldo médico, la salida del país puede considerarse incumplimiento del reposo generando el rechazo de la licencias y posibles sanciones administrativas.
Entregar información veraz y completa:
Toda la información que entregues en tu licencia médica debe ser verdadera. La entrega de antecedentes falsos o adulterados puede derivar en el rechazo de la licencia, descuentos en tus remuneraciones, incluyendo sanciones administrativas, civiles o penales.
Respetar el uso correcto de la Licencia:
No puedes trabajar, realizar actividades remuneradas o realizar otras actividades incompatibles con tu diagnóstico y recuperación.
¿Qué se considera como una licencia médica falsa?
Una licencia médica falsa es un documento que aparenta ser una licencia médica legítima, pero que carece de validez legal porque:
- No fue emitida por un profesional autorizado.
- Ha sido adulterada o modificada.
- No está registrada en los sistemas oficiales.
¿Cómo puedo validar que mi licencia médica electrónica está correctamente emitida?
Una licencia médica electrónica será válida siempre que cumpla con los siguientes elementos:
- Se haya realizado un proceso de validación de identidad presencial o remoto, por ejemplo, mediante Clave Única, usuario autorizado o autenticación en dos pasos.
- Recibas un correo electrónico de notificación de un prestador autorizado (como IMED o Medipass), en el cual se indique que la licencia médica electrónica fue emitida con certificación remota.
- Tengas la posibilidad de descargar el formulario de la licencia médica a través del enlace enviado en dicho correo.
Si alguno de estos pasos no se cumple, es recomendable contactar al prestador de salud para confirmar la validez de la licencia antes de presentarla a JUNJI.
Recuerda que, por Ley, los médicos no se encuentran facultados a realizar consultas por redes sociales como WhatsApp, Facebook u otras plataformas o aplicaciones, por lo tanto, las licencias médicas emitidas por estos medios no son válidas.
¿Qué se considera reposo durante una Licencia Médica?
Según lo establecido en el artículo 55 del Decreto Supremo N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, el reposo es el período en que la funcionaria o el funcionario debe abstenerse de realizar cualquier actividad que sea incompatible con la recuperación de su salud y permanecer en el lugar o domicilio señalado en la licencia médica.
Durante ese tiempo, se debe cumplir estrictamente con las indicaciones médicas, evitando desplazamientos, actividades laborales o de esparcimiento que puedan afectar el tratamiento o la recuperación.
¿Qué se considera incumplimiento de reposo?
Se considera incumplimiento de reposo cualquier acción que contravenga las indicaciones médicas o que implique no permanecer en el lugar de reposo indicado sin una causa médica justificada.
Ejemplos de incumplimiento incluyen realizar trabajos remunerados o viajar al extranjero durante el período de licencia médica sin los antecedentes clínicos pertinentes.
Estas conductas pueden influir en:
- Rechazo o reducción de la licencia médica por parte de la COMPIN o ISAPRE.
- Descuento de remuneraciones por los días no autorizados.
- Eventual responsabilidad administrativa, conforme al estatuto administrativo y los dictámenes de la Contraloría General de la República.
En casos excepcionales, como ciertas patologías de salud mental, la SUSESO ha reconocido que pueden permitirse actividades de recreación o desplazamientos dentro del país, siempre que formen parte del tratamiento médico y estén debidamente respaldadas por el profesional tratante.
¿Qué canales oficiales existen para denunciar un mal uso de licencias médicas?
Si sospechas de un uso indebido de licencias médicas, puedes hacer la denuncia a través de los siguientes canales oficiales:
- COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez): https://compin.cerofilas.gob.cl/
- Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO): En este sitio puede realizar una denuncia de manera anónima si sospecha que un profesional de la salud (médico, matrona o dentista) ha emitido una licencia médica sin justificación. https://www.suseso.cl/606/w3-article-755754.html
El Ministerio de Salud cuenta con un canal formal, creado especialmente para poder recibir denuncias, ya sea a través del sitio web http://web.minsal.cl/oirs/ o a través de las Oficinas OIRS, que se encuentran en todos los establecimientos de Salud.